El Decreto 4451, emitido por el Gabinete de Luis Arce, establece las medidas generales para encarar la segunda ola de COVID-19, entre las cuales se instruye autorizar el teletrabajo, pero también se deja a responsabilidad de las gobernaciones y municipios el definir horarios y restringir horarios de actividades económicas y recreativas.
Las nuevas medidas establecidas estarán vigentes a partir del 16 de enero hasta el 28 de febrero de 2021, según la norma
De manera general, se establece el uso obligatorio, permanente y adecuado de barbijo; lavado frecuente de manos con agua y jabón, uso del alcohol al setenta por ciento (70%) y/o alcohol en gel, distanciamiento físico de 1,5 a 2 metros entre personas; y evitar el uso de espacios cerrados o no ventilados.
Respecto al tema laboral, se ratifica el horario continuo y ordena al Ministerio de Trabajo emitir instructivo considerando: ingreso y salida escalonado, además de modalidad de teletrabajo y presencia alternada.
Entre las medidas están “alternar al personal del sector público y privado, entre la asistencia física a su fuente de trabajo y teletrabajo uno o dos días por medio, atendiendo las condiciones de trabajo y el número de personas del establecimiento laboral”.
El teletrabajo se establece como opción permanente, siempre y cuando la naturaleza del trabajo y las actividades de la función lo permitan.
Se señala que el teletrabajo es preferente para personas en situación de vulnerabilidad, mayores de 65 años, mujeres embarazadas, y personas con patología crónica.
Tambien se permite el teletrabajo por turnos, de acuerdo con las necesidades y condiciones de cada sector.
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