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Tribunal de Sentencia ordena inicio de juicio oral contra Evo Morales por trata de personas; podría enfrentar 20 años de cárcel

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Tarija Al Día
mayo 5, 2026
Tribunal de Sentencia ordena inicio de juicio oral contra Evo Morales por trata de personas; podría enfrentar 20 años de cárcel
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El Tribunal Primero de Sentencia Penal de la capital de Tarija dispuso la apertura de juicio oral contra expresidente Juan Evo Morales Ayma y Idelsa Pozo Saavedra, dentro de un proceso por el delito de tr4t4 de personas agravada, y fijó la audiencia para el lunes 11 de mayo de 2026 a las 08:20, en modalidad presencial. El proceso se centra en la presunta comisión del delito de tr4t4 de Personas Agravado, con una posible condena de hasta 20 años de cárcel.

El Ministerio Público ha formulado la acusación basándose en el artículo 281 bis del Código Penal, señalando que el delito reviste una gravedad especial dado que la víctima era menor de edad al momento de los hechos, activando un estándar de protección reforzado.

Inactividad de la Defensa

Uno de los puntos más relevantes del documento es que los acusados, a pesar de haber sido legalmente notificados, no presentaron prueba de descargo dentro del plazo de diez días previsto por el artículo 340 del Código de Procedimiento Penal. El Tribunal fue enfático al señalar que esta falta de pruebas no se debe a una restricción del órgano judicial, sino al ejercicio del propio derecho de defensa de los encausados, quedando así consolidada la relación jurídico-procesal.

Fundamentación Legal y Constitucional

El Tribunal, bajo la relatoría del MSc. Ph.D(c) Carlos Andrés Oblitas Alvarez, fundamentó la apertura del juicio no solo en leyes ordinarias, sino en el Bloque de Constitucionalidad:

Constitución Política del Estado: Se invocan los artículos 115.II (debido proceso) y 180.I (celeridad y verdad material).

Tratados Internacionales: Se fundamenta en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño, que obligan al Estado a actuar con “debida diligencia reforzada” para evitar la denegación de justicia en casos de violencia y explotación.

Agravante: Se resalta que la Ley N° 263 y el Código Penal establecen sanciones de 15 a 20 años cuando la víctima es un niño, niña o adolescente.
Cronograma y Medidas

El Tribunal ha dispuesto un cronograma estricto para evitar dilaciones:

Codificación de Prueba: Viernes 8 de mayo de 2026 a las 11:00 a.m.
Juicio Oral: Lunes 11 de mayo de 2026 a las 08:20 a.m., de forma presencial.

Seguridad: Se solicitó a la Policía Nacional el despliegue de resguardo.

Defensa Pública: Se ordenó garantizar asistencia legal en caso de ausencia de abogados particulares.

Antecedentes del caso

La apertura de este juicio se sustenta en una investigación que data de 2015: La Fiscalía sostiene que Morales habría mantenido una relación con una adolescente de 15 años, de la cual nació una niña en 2016, documento que figura como prueba. El caso fue clasificado como tr4t4 de Personas Agravada, al existir indicios de consentimiento de los padres a cambio de beneficios, lo que encuadra como explotación según la Ley 263. Otros antecedentes: También se mencionan señalamientos posteriores vinculados a otra joven, aunque el proceso actual se centra en el caso Tarija.

Reserva del proceso

El Tribunal recordó que el caso se maneja bajo estricta reserva por involucrar a una víctima menor de edad, prohibiendo la difusión de datos que permitan su identificación. De ser hallado culpable, Morales enfrenta una pena de 15 a 20 años de cárcel, conforme al artículo 281 bis del Código Penal. Tribunal de Sentencia ordena inicio de juicio oral contra Evo Morales por trata de personas; podría enfrentar 20 años de cárcel

El Tribunal Primero de Sentencia Penal de la capital de Tarija dispuso la apertura de juicio oral contra expresidente Juan Evo Morales Ayma y Idelsa Pozo Saavedra, dentro de un proceso por el delito de trata de personas agravada, y fijó la audiencia para el lunes 11 de mayo de 2026 a las 08:20, en modalidad presencial. El proceso se centra en la presunta comisión del delito de tr4t4 de Personas Agravado, con una posible condena de hasta 20 años de cárcel.

El Ministerio Público ha formulado la acusación basándose en el artículo 281 bis del Código Penal, señalando que el delito reviste una gravedad especial dado que la víctima era menor de edad al momento de los hechos, activando un estándar de protección reforzado.

Inactividad de la Defensa

Uno de los puntos más relevantes del documento es que los acusados, a pesar de haber sido legalmente notificados, no presentaron prueba de descargo dentro del plazo de diez días previsto por el artículo 340 del Código de Procedimiento Penal. El Tribunal fue enfático al señalar que esta falta de pruebas no se debe a una restricción del órgano judicial, sino al ejercicio del propio derecho de defensa de los encausados, quedando así consolidada la relación jurídico-procesal.

Fundamentación Legal y Constitucional

El Tribunal, bajo la relatoría del MSc. Ph.D(c) Carlos Andrés Oblitas Alvarez, fundamentó la apertura del juicio no solo en leyes ordinarias, sino en el Bloque de Constitucionalidad:

Constitución Política del Estado: Se invocan los artículos 115.II (debido proceso) y 180.I (celeridad y verdad material).

Tratados Internacionales: Se fundamenta en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño, que obligan al Estado a actuar con “debida diligencia reforzada” para evitar la denegación de justicia en casos de violencia y explotación.

Agravante: Se resalta que la Ley N° 263 y el Código Penal establecen sanciones de 15 a 20 años cuando la víctima es un niño, niña o adolescente.
Cronograma y Medidas

El Tribunal ha dispuesto un cronograma estricto para evitar dilaciones:

Codificación de Prueba: Viernes 8 de mayo de 2026 a las 11:00 a.m.
Juicio Oral: Lunes 11 de mayo de 2026 a las 08:20 a.m., de forma presencial.

Seguridad: Se solicitó a la Policía Nacional el despliegue de resguardo.

Defensa Pública: Se ordenó garantizar asistencia legal en caso de ausencia de abogados particulares.

Antecedentes del caso

La apertura de este juicio se sustenta en una investigación que data de 2015: La Fiscalía sostiene que Morales habría mantenido una relación con una adolescente de 15 años, de la cual nació una niña en 2016, documento que figura como prueba. El caso fue clasificado como tr4t4 de Personas Agravada, al existir indicios de consentimiento de los padres a cambio de beneficios, lo que encuadra como explotación según la Ley 263. Otros antecedentes: También se mencionan señalamientos posteriores vinculados a otra joven, aunque el proceso actual se centra en el caso Tarija.

Reserva del proceso

El Tribunal recordó que el caso se maneja bajo estricta reserva por involucrar a una víctima menor de edad, prohibiendo la difusión de datos que permitan su identificación. De ser hallado culpable, Morales enfrenta una pena de 15 a 20 años de cárcel, conforme al artículo 281 bis del Código Penal

Fuente DTV #TRATA

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